INFORME SOBRE LA IBA SIERRA DE LA FAUSILLA.

La Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservaci—n de las aves silvestres, obliga a los pa’ses miembros de la Uni—n Europea a declarar Zonas de Especial Protecci—n para las Aves, atendiendo a unos criterios cient’ficos. Tras muchos a–os, y ante la posibilidad de abrir expediente a Espa–a, por la situaci—n de las ZEPAS en Murcia, la Direcci—n General de Medio Ambiente, Secci—n de Gesti—n de Vida Silvestre, elabor— los informes necesarios para la designaci—n de las ZEPAs (Zonas de Especial Protecci—n para las Aves) en la Regi—n de Murcia. Por este motivo se elabor— el documento llamado "INFORME-PROPUESTA. Designaci—n de una Zona de Especial Protecci—n para las Aves (ZEPA) en la sierra de la Fausilla" (Noviembre, 1999). Este documento, en opini—n de ANSE-Cartagena presenta importantes deficiencias y carencias.

Precisamente fueron estudios desarrollados por ANSE, y su publicaci—n posterior, los que justifican la catalogaci—n de la Sierra de La Fausilla como IBA, por lo que no se entiende la ausencia de ningœn tipo de consulta a la Asociaci—n a la hora de proponer los l’mites de ZEPA, cuesti—n esta que tampoco ha sido consultada con el Consejo Asesor Regional de Medio Ambiente de la Regi—n de Murcia, en el que est‡ representada la Asociaci—n.

Cabezo del Aljibe (Fausilla)

Pese a Žsto, ANSE-Cartagena, ante las importantes deficiencias del mismo, ha considerado conveniente realizar un informe en el que se recoja su opini—n al respecto. Este informe ha sido enviado al Sr. Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Aut—noma de la Regi—n de Murcia, en febrero del 2000.

El principal objetivo del informe ha sido argumentar cient’ficamente la ampliaci—n del ‡rea que se pretende declarar como ZEPA, ante su inexplicable peque–o tama–o. El infome, b‡sicamente, expone que los l’mites propuestos por la Direcci—n General de Medio Ambiente no permiten cumplir los objetivos de conservaci—n de las especies objeto de protecci—n, debido a que no salvaguarda suficientemente el territorio, presentando las siguientes carencias:

á En primer lugar, la integridad territorial, en cuanto a formaciones vegetales que constituyen el paisaje de la Fausilla y dan soporte f’sico a sus comunidades faun’sticas, quedan incomprensiblemente limitadas por los l’mites propuestos en tres ‡reas: Punta Aguilones, Barranco del Conejo y entorno, as’ como el Cabezo de la Galera.

á En segundo lugar, la integridad de las relaciones ecol—gicas que establecen las comunidades de aves objeto de conservaci—n por esta ZEPA, con el territorio objeto de protecci—n, quedan seriamente afectadas al no tener en cuenta buena parte de las zonas de campeo, donde se alimentan y desarrollan sus actividades, como es el caso de la vecina Sierra Gorda. La Sierra Gorda, al norte de la Fausilla, es el ‡rea de campeo y alimentaci—n para Falco peregrinus y Hieraetus fasciatus. En esta zona se reproducen Oenanthe leucura, Monticola solitarius y Sylvia melanocephala; as’ tambiŽn es un ‡rea importante de invernada para Sylvia undata.

Especialmente grave es la eliminaci—n de Punta Aguilones, debido a las consecuencias siguientes:

1. Eliminaci—n de zona de alimentaci—n y campeo tanto de Falco peregrinus como de Hieraetus fasciatus; as’ como de nidificaci—n y alimentaci—n para Bucanetes githagineus, Oenanthe leucura, Sylvia melanocephala y Galerida theklae. Igualmente como ‡rea de invernada para Sylvia undata.

2. Incrementa considerablemente las molestias y perturbaciones por el movimiento de veh’culos y personas por una ancha franja de la ZEPA.

3. Incrementa el riesgo de incendio.

4. Facilita el acceso a la ZEPA.

5. Destrucci—n total del h‡bitat.

 
 

Índice
Página Principal


ANSE © 2001